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Orientaciones para la Evaluación de Competencias – Minedu

1. La evaluación formativa al culminar el periodo lectivo

Al término del periodo lectivo o promocional se espera que, todos los estudiantes hayan avanzado hacia el nivel de logro esperado en sus competencias como resultado de sus procesos de aprendizaje; a través, de una mediación efectiva y retroalimentación oportuna, realizadas por sus docentes con el compromiso de la familia del estudiante (madre, padre, tutor o apoderado). La evaluación es un elemento clave en el proceso de enseñanza y aprendizaje, dado que se asume como un continuum en la trayectoria del estudiante, de carácter formativo que tiene como finalidad contribuir con el desarrollo de las competencias de los estudiantes para su bienestar y desarrollo integral.

Además, la evaluación formativa implica un proceso gradual, permanente y sistemático, planificado en el que se recopila y analiza información para conocer y valorar los avances y dificultades en el aprendizaje del estudiante. En dicho proceso se analiza el desempeño del estudiante al resolver situaciones o problemas que le signifiquen retos genuinos donde se requiere poner en juego, integrar y combinar diversas capacidades de manera pertinente; con ello se identifica el nivel real de desarrollo de las competencias para ayudarlos a seguir avanzando a niveles de aprendizaje más complejos. Planificar y evaluar son procesos que están estrechamente relacionados y se desarrollan de manera intrínseca al proceso de enseñanza y aprendizaje. Esto se puede apreciar, por ejemplo, cuando se definen los propósitos de aprendizaje sobre la base de las necesidades de aprendizaje diagnosticadas del grupo de los niños y las niñas con el que se va a trabajar; o cuando los niños y las niñas y docentes se involucran en la identificación de avances y dificultades del proceso de enseñanza y aprendizaje, con el fin de retroalimentar y reorientar este proceso para los propósitos planteados.

“La evaluación formativa no consiste en verificar la adquisición aislada de conocimientos o habilidades; mucho menos consiste en distinguir entre los que aprueban y no aprueban”

La Resolución Viceministerial N.° 00094-2020-MINEDU aprueba disposiciones acerca de la evaluación de competencias. En ese marco y considerando el contexto actual, se debe considerar con especial atención que la evaluación formativa:  Se realiza teniendo como centro al estudiante y, por lo tanto, debe contribuir en su bienestar y en el refuerzo de su autoestima. La evaluación de las competencias debe promover el desarrollo y consolidación de una imagen positiva2 del estudiante, así como de confianza en sus posibilidades y su esfuerzo, motivándolo a seguir aprendiendo.  La determinación del nivel de logro de la competencia se realiza con base en evidencias de aprendizaje relevantes. Es necesario que, para determinar el nivel de logro que el estudiante ha alcanzado con relación a una competencia, se seleccionen y analicen las evidencias que brinden mayor información acerca de los avances y las barreras que enfrenta el estudiante en el desarrollo de cada competencia.  La reflexión del docente es un proceso clave en la determinación del nivel de desarrollo de las competencias del estudiante. Es importante revisar y analizar las evidencias de los aprendizajes en relación con los criterios de evaluación planificados, pues este proceso le permitirá identificar las fortalezas, barreras y necesidades de aprendizaje de cada estudiante para brindar retroalimentación: pistas, orientaciones, consejos, estrategias, apoyos y recursos variados para su acompañamiento o recuperación pedagógica. Así también, permitirá a cada docente analizar y reflexionar sobre su práctica pedagógica, lo que ha funcionado y lo que no, con el fin de generar acciones de mejora en ella.  La comunicación con el estudiante o su familia sobre el desarrollo de sus aprendizajes contribuyen con el desarrollo de su trayectoria en el sistema educativo. El docente debe mantener informado, al estudiante y su familia (madre, padre, tutor o apoderado), sobre los avances y barreras observadas en el desarrollo de sus competencias, así mismo bridarles recomendaciones sobre las oportunidades y condiciones que deben generarse para que el estudiante siga aprendiendo.

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2. ¿Qué se evalúa al terminar el periodo lectivo?

Al culminar, el periodo lectivo se evalúan las competencias; es decir, el nivel de logro alcanzado por los estudiantes en las competencias, lo que implica analizar la facultad que tienen para combinar un conjunto de capacidades (conocimientos, habilidades y actitudes) a fin de lograr un propósito específico frente a una situación determinada, actuando de manera pertinente y con sentido ético. Se evalúa utilizando criterios de evaluación, a través de una diversidad de técnicas e instrumentos adecuados, flexibles y adaptables a las necesidades y características de los estudiantes los cuales permiten identificar el nivel de progreso del aprendizaje con relación a la competencia.

Los criterios de evaluación permiten orientar la observación, el análisis, valoración y retroalimentación de los aspectos más relevantes de lo que hacen y producen los estudiantes para lograr el propósito de aprendizaje. No solo se utilizan para valorar la producción final sino, principalmente, para valorar su proceso. De este modo, el docente puede retroalimentar de manera oportuna el accionar del estudiante y ayudarlo a mejorar sus desempeños de aprendizaje. Los criterios de evaluación también sirven de insumo para describir, en el Informe de progreso, el nivel de logro que alcanzó el estudiante el cual debe ser tomado para la planificación curricular. En el caso de aquellos estudiantes que han requerido adaptaciones curriculares los criterios de evaluación se formulan a partir de los ajustes o modificaciones realizadas.

3. ¿Qué se informa al final del periodo lectivo o promocional?

Se evalúa las competencias según el nivel de logro alcanzado por el estudiante. El Ministerio de Educación dispone el uso de una única escala de calificación común a todas las modalidades y niveles de la Educación Básica (Especial, Alternativa y Regular):

Desde el año 2023, todoslos niveles y modalidades de la Educación Básica utilizan esta escala literal.

3.1. ¿Qué es el informe de progreso y para qué sirve?

El Informe de progreso es el documento mediante el cual se comunican los niveles de logro alcanzados por el estudiante en cada competencia al final de cada periodo bimestral, trimestral o semestral, así como del periodo lectivo o promocional. Este informe Incluye las conclusiones descriptivas según corresponda. En ese sentido la información consignada en cada periodo representa un momento de corte en el proceso, que permite dar a conocer al estudiante, la familia y al sistema educativo, cómo va avanzando el estudiante en cuanto a sus logros, barreras y necesidades para la mejora. Los Informes de progreso servirán al docente, a la institución educativa, al estudiante y su familia, para la toma de decisiones sobre las acciones a realizar para su progreso en el desarrollo de sus competencias hacía niveles más complejos.

3.2 ¿Qué son las conclusiones descriptivas?

Las conclusiones descriptivas son el resultado del juicio docente, luego de analizar evidencias de aprendizaje, en contraste con los criterios de evaluación determinados. Señalan avances, dificultades y apoyos requeridos por el estudiante, asimismo explican su progreso al nivel de desarrollo de la competencia. En ese sentido, las conclusiones descriptivas no son adjetivos calificativos, no son aisladas, ni promedios, ni frases sueltas, son producto del análisis, expresan una conclusión que describe o explica lo que sabe el estudiante, las dificultades que aún debe enfrentar y, en consecuencia, qué nivel de desarrollo de la competencia muestra. Cabe mencionar que en los registros auxiliares u otros instrumentos las conclusiones descriptivas pueden brindar mayor detalle, no obstante, en el SIAGIE (Sistema de información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa) se registra una síntesis hasta en 350 caracteres.

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En el caso de estudiantes que enfrentan barreras educativas, se deberá incluir en las conclusiones descriptivas los apoyos educativos y si requirió las adaptaciones o ajustes los ajustes razonables (aprendizajes, tiempos, materiales, formas de evaluación, entre otros) brindados por la IE y el docente durante el periodo lectivo. En todos los casos, las conclusiones descriptivas deben incluir recomendaciones personalizadas orientadas al desarrollo de la competencia. En el caso de que el niño o la niña asista al PRITE (Programa de Intervención Temprana) y además a un aula de ciclo I de EBR (Educación Básica Regular), corresponde al PRITE remitir oportunamente el informe a la institución o programa a fin de que esta consolide la información en el Informe de progreso de las competencias para su entrega al padre, madre o tutor.

3.3. ¿El estudiante de Educación Básica puede alcanzar el nivel de logro “AD” o “A” en el primer periodo del año lectivo?

Sí, esto ocurre cuando un estudiante logra lo que se determinó como propósito de aprendizaje para el primer periodo (bimestre, trimestre o semestre) en relación con la competencia. Recordemos que tener un nivel de logro esperado “A” implica que el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado. En ese caso se recomienda al docente, que para el estudiante que ya logró lo esperado se le plantee actividades que impliquen un reto mayor en relación con la complejidad de la competencia; por ejemplo, buscar o usar textos con un poco más de complejidad o pedirle realizar un producto más retador que le demande seguir avanzando en el desarrollo de la competencia. También se recomienda poner énfasis en aquellas competencias en las que aún no esté logrando el nivel esperado.

3.4. ¿Es posible que el estudiante alcance el nivel de logro “C” durante todo el periodo del año lectivo?

No debería ya que el nivel de logro “C” implica que el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo nivel esperado. Si el docente observa que el estudiante evidencia con frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas debe brindar mayor tiempo de acompañamiento y generar acciones conjuntas con la familia para ayudarlo a avanzar. Esto implica que, durante la conducción de los procesos de enseñanza y aprendizaje, debe ir observando si el estudiante está mostrando dificultades para lograr el propósito de aprendizaje, y ante ello, debe brindarle retroalimentación y apoyos necesarios, oportunos y efectivos a fin de evitar que llegue al final del período con un progreso mínimo obteniendo el nivel de logro “C”. Sin embargo, puede ser que, a pesar de los esfuerzos del docente, un estudiante obtenga el nivel de logro “C” en un periodo (bimestre, trimestre o semestre). Frente a esta situación, en la IE o programa educativo se debe indagar sobre qué está ocurriendo con el estudiante, identificando las causas de sus dificultades, y asegurando poner a su disposición los apoyos pertinentes requeridos de manera oportuna.

4. Promoción, Recuperación y permanencia

4.1. ¿Cómo se determina la situación final del estudiante de Educación Básica al culminar el periodo lectivo 2023?

En el marco de la evaluación del aprendizaje con finalidad certificadora, la situación final se determina a partir del “Cierre Anual”. El SIAGIE realizará el proceso de manera automática a partir de los niveles de logro de cada una de las competencias de cada estudiante al finalizar el periodo lectivo. En el caso de EBA (Educación Básica Alternativa) la determinación de la situación final es realizada por el docente. La situación final puede ser: PRO (para promovido de grado o edad), PER (permanece en el grado) o RR (requiere recuperación). Las condiciones son establecidas en el numeral 5.1.3 de la Norma técnica de evaluación. Condiciones para determinar la situación del estudiante al término del periodo lectivo y al término del acompañamiento o recuperación pedagógica De acuerdo con el numeral 5.1.3. de la RVM N.° 00094-2020-MINEDU, las condiciones para la determinación de la promoción, permanencia o recuperación pedagógica tienen requerimientos diferentes al culminar el grado dependiendo de si este es el grado intermedio o final del ciclo, dado que se espera que el estudiante haya avanzado un nivel en el desarrollo de la competencia en el tiempo que comprende un ciclo. También es necesario recordar que los niveles de logro de las competencias transversales o de competencias adicionales que no están organizadas en un área no se tienen en cuenta para la promoción, permanencia o recuperación.

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Promoción

La situación final “para promovido de grado o edad” es una “condición que indica que el estudiante requiere ser promovido al grado o edad siguiente dado que ha logrado desarrollar los niveles de las competencias esperados o está muy próximo a alcanzarlos. (Ver Anexo. Condiciones para la promoción, recuperación pedagógica y permanencia, según nivel y modalidad). De modo general, a partir del III ciclo de EBR (incluye EIB4), es decir desde el 2° grado de Educación Primaria, el estudiante promueve cuando al término del periodo lectivo:

Permanencia

Por otro lado, la situación “permanece en el grado” es una “condición que indica que el estudiante requiere permanecer en el grado con la finalidad de contar con mayores oportunidades de aprendizaje para alcanzar los niveles de desarrollo de las competencias que le permitan seguir aprendiendo en grados más avanzados. La toma de decisión sobre la permanencia de un estudiante en un determinado grado implica un análisis profundo de aquello que contribuirá a su bienestar y desarrollo integral (RVM N.° 00094-2020-MINEDU). En EBR (incluye EIB) desde el nivel de Educación Primaria, a partir del III ciclo (2° grado de primaria) el estudiante permanece cuando alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias. En el caso del nivel de Educación Secundaria permanece cuando alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres. En EBA (incluye EIB), a partir del 2° grado del ciclo inicial permanece en el grado si no alcanza los requerimientos para la promoción. Finalmente, para la situación final PER (permanece en el grado) la IE deberá contemplar las siguientes acciones:

4.2. ¿Cuándo un estudiante permanece en el grado?

Un estudiante permanece en el grado cuando durante el año lectivo se siguió el siguiente proceso:

a) El docente o los docentes identifican las necesidades de aprendizaje del estudiante y su familia desde el inicio y durante el año lectivo.

b) Se planteó un Plan de trabajo en conjunto (docente, familia y/o estudiante8 ) para la mejora de las condiciones y apoyos que requiere el estudiante para avanzar en sus aprendizajes.

c) Se realizó un seguimiento a las acciones planteadas necesarias para la mejora de los aprendizajes del estudiante. Sin embargo, luego de todas las acciones, realizadas en conjunto, no se logra avance alguno, y se detecta que el estudiante tiene dificultades que no se pueden solucionar y que complejizarán su aprendizaje y bienestar en el siguiente grado, se podrá evaluar su permanencia en el grado.

La permanencia en el grado debe ser evaluada en sesiones colegiadas entre todos los docentes del estudiante en la IE; en estas reuniones su docente o sus docentes presentarán al Equipo de trabajo para la evaluación formativa o al Comité de Gestión Pedagógica (RVM N.° 00094-2020-MINEDU), las acciones realizadas durante el año para brindar los apoyos requeridos por el estudiante en cada momento del año; así también presentará el análisis realizado, en relación a los procesos de aprendizaje y el bienestar del estudiante, para proponer la permanencia en el grado. Esta decisión se tomará al finalizar el año lectivo o del periodo de recuperación en vacaciones. Una vez tomada la decisión de permanencia en el grado, el directivo y docente lo comunicarán a la familia y el estudiante, y les plantearán el Plan de trabajo para acompañarlos durante el siguiente año lectivo con el propósito de lograr los avances necesarios para evitar la permanencia o interrupción de la trayectoria del estudiante.

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